
El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) dispuso la eliminación de las observaciones informales conocidas como “llamados de atención” para las solicitudes de registro de marcas nuevas.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 139/2026 publicada en el Boletín Oficial, según informó la Agencia Noticias Argentinas.
A partir de esta modificación, cualquier objeción de terceros sobre una solicitud de marca deberá canalizarse exclusivamente a través del sistema formal de oposiciones previsto en la normativa vigente.
Según el organismo, el objetivo es simplificar los procedimientos administrativos y adecuar el sistema a criterios de mayor celeridad y previsibilidad.
El esquema vigente establece que el examen de registrabilidad se realiza antes de la publicación de la solicitud, lo que permite efectuar controles de orden público de manera previa a la intervención de terceros.
La resolución dispone que no se admitirán “llamados de atención” respecto de solicitudes de registro de marcas ingresadas desde el 1° de marzo de 2026.
En los fundamentos de la medida, el INPI sostuvo que esta figura administrativa resulta incompatible con los objetivos de simplificación y desburocratización del sistema actual de propiedad industrial.
La normativa también introduce cambios en el tratamiento de las oposiciones vigentes. En caso de que un tercero presente una oposición y luego no abone el arancel correspondiente para mantener el reclamo, esa presentación ya no podrá reconvertirse automáticamente en un aviso informal.
De acuerdo con el texto oficial, la falta de mantenimiento de la oposición implica la desaparición del interés que motivó el planteo inicial.
Las nuevas disposiciones se aplicarán únicamente a las solicitudes ingresadas desde marzo de 2026. Para los trámites anteriores continuará vigente el régimen previo, con el fin de preservar las condiciones existentes al momento de su presentación.